Seguro de Transporte de Valores

¿Para qué sirve?

El Seguros de Transporte de Valores SURA protege su empresa frente a los daños materiales o pérdidas de los valores, dineros o cheques asegurados, que se produzcan durante su transporte.

Este plan fue diseñado como unasolución Todo Riesgo, es decir, que cubre cualquier causa de siniestro que no se encuentre excluida dentro de las condiciones de la póliza.

5 Razones para tener este seguro

  1. Indemnizan los daños o pérdida que pueden llegar a sufrir las mercancías y valores durante su movilización o transporte. 

  2. Ofrece el respaldo deSURA, la compañía líder en el mercado de seguros en Colombia. 

  3. Es una solución Todo Riesgo que le brinda a su empresa una cobertura integral. 

  4. SURA le ofrece diferentes alternativas para el pago del seguro, de acuerdo con sus necesidades. 

  5. El portafolio de SURA cuenta con la más amplia cobertura y productos flexibles, diseñados y adaptados a la medida de las necesidades de protección de las empresas de cualquier sector. 

 

¿Qué cubre?

El Seguro Transporte de Valores de SURA contempla las siguientes coberturas:

  • En el transporte marítimo y fluvial, la contribución definitiva por avería gruesa o común, incluidos los gastos de salvamento.  

  • Los gastos razonables y justificados en que incurra el asegurado para preservar los bienes asegurados de una pérdida o daño mayor o para atender a su salvamento.  

  • Además, SURA ofrece a su empresa la posibilidad de incluir el amparo de riesgos adicionales, como:  

  • Huelga, asonada, motín, conmoción civil o popular y actos terroristas y/o de movimientos subversivos.  

  • Guerra.  

  • Permanencia lugares iniciales y finales del trayecto asegurado.  

¿Qué no cubre?

  • La póliza Transporte de Valores no cubre las pérdidas o daños materiales a los valores consecuencia de:  

    • Hurto simple o no calificado, de acuerdo con su definición legal.  

    • Guerra internacional, guerra civil, rebelión, acto hostil, de un poder beligerante o contra dicho poder, aprehensión proveniente de los anteriores riesgos, minas, torpedos, bombas u otros artefactos de guerra abandonados.  

    • Huelga, suspensión de hecho de labores, suspensión de trabajo por cierre patronal, disturbios de trabajo, asonada, motín o conmoción civil o popular, apoderamiento o desvío de naves o aeronaves y actos terroristas o de movimientos subversivos y en general de cualquier persona que actúe por motivos políticos.  

    • Avería particular, es decir, los daños a los valores asegurados que sean consecuencia de eventos diferentes a:  

      • Incendio, rayo, explosión o hechos tendientes a extinguir el fuego originado por tales causas.  

      • Caídas accidentales al mar o al río de bultos durante la navegación o durante las operaciones de cargue, descargue o transbordo.  

      • Accidentes que sufra el vehículo transportador.  

      • Inundación y desbordamiento de ríos, hundimiento o derrumbe de muelles, erupciones volcánicas, temblores de tierra o cuales quiera otras convulsiones de la naturaleza.  

    • Comiso, embargo y secuestro, retención, aprehensión o en general, acto de autoridad sobre los valores o sobre el medio de transporte.  

    • El abuso de confianza, el chantaje, la estafa y la extorsión de acuerdo con su definición legal.  

    • Actos ilícitos, infidelidad o falta de integridad del asegurado, del destinatario o de los empleados o agentes de cualquiera de ellos.  

    • La acción de ratas comején gorgojo, polilla y otras plagas.  

    • Extravío.  

    • Cambio del transportador o del medio de transporte convenido en la solicitud de seguro respectiva, sin la previa autorización expresa de SURA.  

    • La reacción o radiación nuclear o contaminación radiactiva.   

    • Las demoras y pérdidas de mercado.  

  • Los riesgos señalados en los ordinales 1,2 y 3 pueden ser asegurados mediante convenio expreso. Los demás riesgos no podrán ser asegurados en ningún caso.  

 

Formas de pago

Pensando en la comodidad de sus clientes, SURA ofrece múltiples alternativas para el pago de sus servicios.

Reclamación

Con el fin de brindar un respaldo efectivo y oportuno, SURA ha establecido un procedimiento de reclamación que le permite a sus clientes conocer con claridad los pasos que debe seguir en caso de presentarse un evento contemplado en las coberturas del Seguro Transporte de Valores y que puede ser causa de una reclamación.

En caso de presentarse una reclamación, el asegurado debe:

  • Emplear toda la diligencia y cuidado para evitar la extensión y propagación de un siniestro.  

  • Informar a SURA, dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha de su conocimiento, sobre toda reclamación judicial o extrajudicial de terceros damnificados.  

  • Informar sobre seguros coexistentes.  

 

Plazos y términos

 

SURA le garantiza la transparencia en sus servicios y soluciones, así como la tranquilidad de recibir una respuesta adecuada, según las condiciones acordadas con nuestra compañía. La confianza de nuestros clientes es un aspecto fundamental de nuestra gestión, por lo cual es importante que usted conozca las características y requisitos establecidos para el Seguro de Transporte de Valores.

 

Vigencia

La póliza tiene una vigencia anual sin renovación automática

Terminación automática

La póliza se cancelará automáticamente, si el pago de la prima no se realiza dentro de los 45 días siguientes al inicio de la vigencia.

Revocación de  seguro

La póliza podrá ser revocada de forma unilateral por cualquiera de los contratantes. Por parte de SURA, mediante una notificación escrita enviada al asegurado con no menos de 10 días de antelación contados a partir de la fecha de envío, y por parte del asegurado en cualquier momento.

 

Tarifas y tasas de interés

El valor de la prima mínima del seguro Transporte de Valores de SURA, es de un salario mínimo legal vigente (1) SMLMV, sin embargo este valor puede variar de acuerdo con el trayecto y el límite por despacho asegurados.