Seguro Obligatorio SOAT

El SOAT es un seguro obligatorio para todos los vehículos automotores que transitan por el territorio nacional y ampara los daños corporales causados a las personas en un accidente de tránsito.

 

Beneficios:

  • La tranquilidad de contar con este seguro que por ley es obligatorio. 

  • Cubre a todas las víctimas, es decir, cubre a todos aquellos que resulten afectados en el accidente de tránsito conductor(es), ocupantes particulares, los pasajeros vehículos de servicio público y peatones. 

  • Esta póliza cubre los daños corporales a las personas en accidentes de tránsito. 

  • Tiene incorporado coberturas en caso de muerte como consecuencia de un accidente de tránsito. 

 

Coberturas:

  • Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios Hasta 500 S.M.D.L.V. 

  • Incapacidad Permanente Hasta 180S.M.D.L.V. 

  • Muerte 600 S.M.D.L.V. 

  • Gastos Funerarios Hasta 150S.M.D.L.V. 

  • Gastos de transporte y movilización de las víctimas (urbano). 3 Salarios S.M.D.L.V. 

  • Gastos de transporte y movilización de las víctimas (rural). 10 Salarios S.M.D.L.V. 

 

Información adicional:

 

Tarifas

 

En la actualidad las tarifas vigentes corresponden a las definidas por la Superintendencia Financiera de Colombia. (Decreto 5053 de 2009).

 

¿Cómo sé a qué categoría pertenece mi vehículo para tarifar el SOAT?

 

La definición de las categorías está dada de acuerdo con la circular Externa 041 de 2004 emitida por la Superintendencia Financiera.

 


Basicos_Reclamaciones_Soat.pdf (88k)

Tarifas_Soat_2014.pdf (80k)