Plan Seguro de Cumplimiento de Caución Judicial
¿Para qué sirve?
Los procesos judiciales son una manera de hacer valer derechos, resolver conflictos o reclamar por el incumplimiento de acuerdos o compromisos, según lo establecido por la ley. Por este motivo, SURA ha creado este seguro de cumplimiento como una garantía ordenada por las entidades que administran justicia, durante un proceso o diligencia judicial.
Esta póliza busca asegurar el cumplimiento de la decisión tomada por el juez, con base en una norma de procedimiento judicial, como los códigos de procedimiento civil, penal, laboral, entre otros.
4 Razones para tener este seguro
Tener el respaldo de una empresa con 65 años de experiencia y con un portafolio de productos que ofrece soluciones integrales para que usted se sienta protegido es tranquilidad para usted y su familia.
Proteger el patrimonio es una responsabilidad personal que también se traduce en bienestar para quienes usted más quiere: su familia.
Elegir a SURA para adquirir un Seguro de Cumplimiento de caución judicial es elegir acompañamiento y asesoría permanente de la mano de un experto en aseguramiento.
La calificación como "Grado de Inversión" otorgada por Moody´s, y “AAA” por BRC Investors Services, ratifican nuestra solidez financiera, lo que representa un alto nivel de seguridad y confianza.
¿Qué cubre?
El Seguro de Cumplimiento de caución judicial de SURA le ofrece la cobertura de los perjuicios causados por el incumplimiento de las obligaciones que se generen a partir de una disposición judicial o legal, durante la vigencia de la póliza.
¿Qué no cubre?
Los siguientes eventos no están contemplados en la cobertura de la póliza de Cumplimiento de
caución judicial:
Fuerza mayor, caso fortuito o cualquier otro causal de exoneración de responsabilidad del deudor de la obligación garantizada.
Lucro cesante.
El Seguro de Cumplimiento de caución judicial no se hará efectivo cuando:
Existan modificaciones introducidas al contrato por parte del asegurado y que no sean informadas a SURA.
Se presente ambigüedad o inexactitud sobre hechos o circunstancias que, conocidos por SURA, le hubieren retraído de celebrar el contrato o inducido a estipular condiciones más onerosas. Esto quiere decir que el contratista debe a declarar sinceramente los hechos o circunstancias que determinan el estado del riesgo.
Formas de pago
Pensando en la comodidad de sus clientes, SURA ofrece múltiples alternativas para el pago de sus servicios.
Visite nuestra página y escoja la opción que mejor se ajuste a las posibilidades de su empresa.
Reclamación
Con el fin de brindar un respaldo efectivo y oportuno, SURA ha establecido un procedimiento de reclamación que le permite a sus clientes conocer con claridad los pasos que debe seguir en caso de presentarse un evento contemplado en las coberturas de la póliza de Cumplimiento de caución judicial y que puede ser causa de una reclamación. Así, en caso de presentarse una reclamación, la empresa asegurada debe:
Comunicarse con nosotros a: Tel 6208261 - 6207797 Cel 3185698917 - 3176570489/88.
Enviar una carta de reclamación o comunicación de aviso del siniestro a cualquiera de las oficinas de SURA, dirigida al Equipo de Atención de Reclamos.
Pago de indemnización
SURA pagará el valor del siniestro dentro del mes siguiente a la fecha en que reciba la solicitud escrita del asegurado o beneficiario, así como la copia de la resolución o de la providencia judicial ejecutoriada que declare la ocurrencia del siniestro.
Derechos del asegurado en caso de no pago
En caso de que el asegurado no reciba el pago de la indemnización por parte de SURA dentro del mes siguiente a su acreditación, podrá ejercer los derechos contemplados en el artículo 1077 del Código de Comercio, el cual determina:
“La entidad contratante tendrá derecho al pago de interés moratorio correspondiente al certificado como bancario corriente por la superintendencia bancaria aumentado en la mitad. Adicionalmente, tendrá derecho a demandar, en lugar de los intereses a que se refiere el inciso anterior, la indemnización de perjuicios causados por la mora del asegurador, como lo estipula el artículo 1080 del código de comercio.”
Plazos y términos
SURA le garantiza a su empresa la transparencia en sus servicios y soluciones, así como la tranquilidad de recibir una respuesta adecuada, según las condiciones acordadas con nuestra compañía. La confianza de nuestros clientes es un aspecto fundamental de nuestra gestión, por lo cual es importante que su empresa conozca las características y requisitos establecidos para una póliza de Cumplimiento de caución judicial
Vigencia
La póliza estará vigente hasta la fecha en que termine la responsabilidad del afianzado, de acuerdo con lo establecido en las normas legales.
Revocación
Esta póliza no podrá ser revocada, cancelada, ni prorrogada. El seguro finalizará al conocerse el fallo del proceso judicial correspondiente.
Términos para el ejercicio de los derechos
Es importante considerar que, de acuerdo con el artículo 1081 del Código de Comercio, las reclamaciones derivadas de la póliza pueden prescribir de manera ordinaria o extraordinaria.
De manera ordinaria: en dos años, contados a partir del momento en que el asegurado haya tenido o debió tener conocimiento del hecho que origina la reclamación.
De manera extraordinaria: en cinco años, contados a partir del momento en que se origina el respectivo derecho, y correrá contra toda clase de personas.
Términos de respuesta a solicitudes de productos o servicios
Una vez el cliente haya enviado la información requerida, SURA contará con 12 horas hábiles para la suscripción, expedición y posterior entrega de la póliza, excepto cuando el asegurado requiera su entrega inmediata, como en los casos de pólizas de Seriedad de la Oferta necesarias para presentar licitaciones.
Devolución de primas
Para la póliza de Cumplimiento de caución judicial no se aplica la devolución de la prima.
Derechos y deberes
SURA cuenta con el Sistema de Atención al Consumidor Financiero – SAC –, que contribuye con el fortalecimiento de la cultura de atención, respeto y servicio a los clientes, brindándoles información adecuada, procedimientos para la atención de sus quejas, peticiones y reclamos, así como educación financiera y protección de sus derechos.
Tarifas y tasas de interés
El valor de la prima para la póliza de Cumplimiento de caución judicial puede variar, de acuerdo con las condiciones o características de la empresa, su nivel de riesgo y convenios comerciales.